Ante la negativa… el amparo… septiembre 2011

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En el mismo mes de agosto de 2011 el Registro Civil del Estado de Oaxaca nos notificó su negativa de dar trámite a las solicitudes de matrimonio presentadas por las parejas de personas del mismo sexo, ello con fundamento en el artículo  143 del Código Civil del Estado que define al matrimonio como un contrato civil celebrado entre un solo hombre y una sola mujer…, nuestra respuesta: el juicio de amparo.
Los argumentos esgrimidos se enfocaron en tres ejes:

  1. La negativa implica un acto de discriminación por hacer una distinción entre las personas con base en su orientación sexual.
  2. Las familias homoparentales son protegidas constitucionalmente, negarles el acceso al matrimonio implica privarlas de dicha protección.
  3. El Congreso Local viola la Constitución Federal al incumplir el mandato constitucional establecido en propio artículo 4o de la Constitución Federa.

La nota completa en:  http://goo.gl/ZV7yx

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